OBS: COMUNICADO DEL OBSERVATORIO SECTORIAL DE SEGURIDAD PRIVADA VOLVIENDO A INSTAR UN CAMBIO RADICAL Y URGENTE DE LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA Y UN ESTRICTO CONTROL DEL CUMPLIMIENTO NORMATIVO POR PARTE DE LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA Y POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

El Observatorio Sectorial de Seguridad Privada, compuesto por las organizaciones sindicales FeSMC- UGT, Comisiones Obreras del Hábitat y FTSP-USO, y las organizaciones empresariales ASECOPS y APROSER, todas ellas firmantes del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad, ha tenido conocimiento de que la Policía Nacional, según su nota de prensa del pasado día 2 de enero, ha desarticulado una organización presuntamente dedicada al blanqueo de capitales y fraudes a la Seguridad Social por importe superior a los seis millones de euros.

Una situación de manifiesta gravedad, acrecentada por el hecho de que la actividad fraudulenta se llevaba a cabo desde una empresa de seguridad privada que llegó a dejar de pagar a los trabajadores y cedía de forma ilegal sus servicios y facturación a otra empresa de seguridad.

Desde el respeto a las actuaciones judiciales que tengan lugar a partir de este momento, el Observatorio Sectorial manifiesta, como no podía ser de otra forma, su agradecimiento por las actuaciones llevadas a cabo desde las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Lamentamos el evidente perjuicio que las prácticas de la empresa objeto de la investigación ha comportado para sus trabajadores, y para los organismos públicos afectados, Seguridad Social, Hacienda, etc.

Como también lamentamos que el prestigio del conjunto de los profesionales del sector y de las empresas del mismo, caracterizadas por un generalizado estricto cumplimiento normativo, quede injustamente manchado por unas conductas aisladas que, en modo alguno, representan a la seguridad privada en España, que presta un papel esencial colaborador a la seguridad pública de nuestro país.

Más que nunca, reiteramos que sigue siendo absolutamente prioritario el seguimiento de la ejecución contractual, con la participación de todas las autoridades competentes para ello, al amparo de las facultades establecidas por la Ley de Seguridad Privada y Ley de Contratos del Sector Público.

El Observatorio Sectorial considera, en definitiva, que, más allá de las específicas circunstancias que concurren en los hechos descritos, los mismos denotan, una vez más, la urgente necesidad de una reconsideración radical de los procesos de contratación pública de los servicios de seguridad privada por parte de las administraciones estatal, autonómica y local.

Porque optar temerariamente por modelos de contratación que partan de presupuestos de contratación que no respetan las exigencias legales de ajuste a los costes laborales de obligada aplicación y la obtención de un razonable beneficio económico por parte de los licitadores, optar por modelos que no atienden al necesario peso de la calidad en la adjudicación contractual, y mantener una normativa que en la práctica convierte en un mero trámite la consideración de los criterios de solvencia empresarial, son las razones que han conducido a que día tras día se engrosen las cuentas de resultados de este tipo de empresas, con prácticas como las anteriormente descritas, entre otras de todos conocidas, dejando todo tipo de deudas con clientes, proveedores, órganos de recaudación y profesionales que prestan sus servicios para ellas, para finalmente desaparecer o bien ocultarse bajo otras siglas en espera de la oportunidad de reincidir.

Unas conductas que generan un evidente perjuicio a los trabajadores (impago de sus salarios), a las empresas respetuosas de la Ley (que se ven impedidas a participar en procesos de contratación pública al tener que asumir unas deudas tan desconocidas como inasumibles) y a los ciudadanos (minoración de recursos públicos).

Unas prácticas agravadas, adicionalmente, porque pese a las reiteradas denuncias de los agentes sociales del sector durante varios años ininterrumpidamente, no se ha arbitrado solución alguna que permita garantizar la seguridad jurídica para las empresas que quieren cumplir la normativa legal y evitar que las mismas corran el riesgo derivado de la asunción de responsabilidad de las deudas salariales y de seguridad social generadas por los anteriores contratistas de servicios de seguridad, cuya cuantía ni siquiera pueden a priori conocer.

Esta doctrina se ha convertido en un elemento que, lejos de beneficiar al trabajador al que pretende proteger, lo que ha hecho es dejarle en el limbo o abocarle a una situación aún peor, al reducirse considerablemente la participación de las empresas solventes en los procesos de contratación donde están inmersas este tipo de empresas incumplidoras, lo que permite propiciar que estas malas prácticas se reproduzcan en el futuro en una espiral de degradación de condiciones sin fin.

El Observatorio Sectorial, en la línea de los múltiples previos comunicados transmitidos a los Órganos de contratación y a la opinión pública en general, reitera sus propuestas, ya urgentes, al respecto de una inmediata modificación del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, la publicación del listado de morosos a la seguridad social – análoga a lo efectuado anualmente por parte de los organismos tributarios-, el desarrollo reglamentario de los Certificados de la TGSS y la efectiva aplicación del Artículo 62.1 de la LCSP con el nombramiento obligatorio de un responsable del contrato.

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